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Nota de prensa
Entrada
en vigor de la Directiva Comunitaria
El lunes 21/01/2013 comienzan los
nuevos exámenes para la obtención del permiso de conducción
La mejora de la calidad
de los exámenes propiciará una mejor formación de los nuevos conductores. La
conducción autónoma y eficiente entre las novedades de la prueba práctica. El
examen teórico es individualizado para cada aspirante y las preguntas se
obtienen de una base de datos de 15.500 preguntas. La Directiva establece para
toda la Unión Europea un modelo único de permiso de conducción. Se armonizan
los periodos de vigencia de los permisos de conducción en todos los estados
miembros de la UE. Los residentes comunitarios en España con permisos para conducir
con plazo de vigencia indefinida tendrán que cumplir los periodos de vigencia
establecidos en nuestro país.
Conducción autónoma, mejoras en
la calidad de los exámenes teóricos y prácticos, armonización de los periodos
de vigencia y nuevo modelo de permiso de conducción único europeo son algunas
de las novedades que España ha incluido en su normativa sobre permisos para
conducir.
Estas modificaciones normativas
se establecen por el propósito de la Dirección General de Tráfico, como uno de
sus objetivos estratégicos, de elevar la
calidad en las pruebas para obtener los permisos para conducir como método para
que los nuevos conductores tengan una mejor formación.
La nueva normativa tiene base
legal en la trasposición de la Directiva Comunitaria 126/2006 sobre el permiso
de conducción que entra en vigor el sábado 19 de enero de 2013 para todos los estados
miembros de la Unión Europa.
España ya transpuso a su
ordenamiento jurídico dicha Directiva a través del Reglamento General de
Conductores (RD 818/2009 de 8 de mayo), aunque faltaba por ponerse en vigor el
anexo VIII de dicho Reglamento, en el que se incluye la Calidad como elemento
nuevo en materia de exámenes.
A continuación se detallan las
principales novedades derivadas de la transposición de la Directiva y que
todavía no estaban en vigor.
NUEVO PERMISO DE CONDUCCIÓN ÚNICO EUROPEO
Con el objetivo de armonizar los
más de 110 modelos diferentes de conducción válidos en los Estados miembros, la
Directiva Europea fija en uno de sus anexos las disposiciones relativas al
modelo único de permiso de conducción a utilizar en toda la Unión Europea.
El nuevo permiso, muy similar al
formato del permiso de conducción español, incluye en el anverso los datos
personales y en el reverso las categorías de los permisos que se tienen.
Los permisos de conducción
expedidos con anterioridad a la entrada en vigor de la Directiva, seguirán
siendo válidos en las mismas condiciones hasta que proceda expedir un nuevo
permiso de conducción con ocasión de su prórroga de vigencia o de cualquier
otro trámite reglamentario.
APOSTANDO POR LA CALIDAD
La Directiva fija las condiciones
mínimas en las pruebas para la expedición de los permisos de conducción, para
lo que es necesario armonizar las normas relativas a los exámenes que deben
realizar los conductores (conocimientos, aptitudes, estructura del examen…)
Los únicos cambios que ha
introducido la DGT para la realización del examen teórico es la creación de una
nueva base de datos con 15.500 preguntas de todas las categorías, cuya
redacción es más sencilla y cuya actualización es diaria, de modo, que los
exámenes son individualizados para cada aspirante, con preguntas sobre
seguridad vial, normas y señales, conducción eficiente, comportamientos bajo la
influencia de alcohol y/o drogas obtenidas de la base de datos creada al efecto.
Además, la Dirección General de
Tráfico está informatizando las aulas de los exámenes teóricos, de modo que ya
en 24 jefaturas provinciales los exámenes teóricos se realizan a través de
pantallas táctiles y en el resto de jefaturas, cuya informatización de aulas se
realizará a lo largo de este año, el soporte del examen sigue siendo el papel.
Por tanto, dos soportes diferentes aunque las preguntas procedan de la misma
base de datos y todos realicen un examen individualizado.
Con el objetivo de que el aspirante
se familiarice con el nuevo formato de examen, en la página web de la DGT se
pueden consultar algunas de las preguntas que forman parte de la base de datos,
(que se cambian periódicamente) con el mismo sistema del examen y que permite
conocer el resultado del test realizado de forma inmediata.
CONDUCCIÓN AUTÓNOMA
El examen práctico para obtener
el permiso para conducir es el que mayores novedades incorpora. Por un lado, la
duración del examen será de 25 minutos para los turismos y motocicletas y de 45
para los permisos profesionales (camiones y autobuses), tiempo necesario según
la Directiva Europea para demostrar que el aspirante posee las capacidades y
actitudes necesarias para ser titular de un permiso de conducción.
Antes de comenzar el desarrollo
de la prueba, el examinador recibirá al aspirante, presentándose. Cuando se
identifique, el examinador le solicitará que realice alguna de las
comprobaciones previas recogidas en el anexo V del Reglamento General de
Conductores; indicaciones tales como señalar donde se encuentra el depósito de
líquido de frenos, el del limpiaparabrisas, las luces largas, cortas…
Este tipo de comprobaciones que
son obligatorias por Directiva Europea tienen por objetivo que todos los
conductores tengan conocimiento de su vehículo y sepan utilizar los distintos dispositivos
de los que va provisto, en cualquier momento y situación.
Una vez que el aspirante haya
realizado las comprobaciones oportunas y se haya acomodado en el vehículo comenzará
la conducción. Durante los primeros diez minutos, el aspirante deberá demostrar
el manejo que tiene del vehículo realizando la llamada conducción autónoma que
consistirá en dirigirse a un punto señalado por el examinador (por ejemplo el
ayuntamiento); siguiendo las indicaciones de dirección que existan en la vía;
dirigirse a un lugar conocido por el aspirante, o conducir libremente con
alguna pequeña indicación por parte del examinador para evitar mismos
recorridos, atascos…. Si el vehículo tuviera dispositivo de navegación (GPS) el
aspirante podrá utilizarlo siempre y cuando haya tenido formación en la
programación y en el uso del mismo, programándolo con la dirección indicada por
el examinador.
Concluidos los primeros diez minutos,
el examinador continuará la prueba práctica, dando al aspirante indicaciones
claras, concretas y con antelación suficiente para realizar una adecuada
conducción.
El objetivo de implantar la
conducción autónoma en la prueba práctica es que el futuro conductor tenga una
formación adecuada para que cuando obtenga su permiso sepa por dónde va, qué
decisiones tomar de acuerdo con las circunstancias del tráfico, siga las
indicaciones de dirección e interprete las señales de tráfico, es decir, sepa
conducir y no se le forme para superar el examen.
Otra de las novedades que se
introduce en la prueba práctica es que finalizados los 25/45 minutos, el
examinador valorará de forma global si el aspirante ha realizado una conducción
eficiente o económica, formación necesaria tanto para ahorrar combustible, en
lo que a la economía doméstica se refiere, como para reducir la contaminación
causada por el tráfico.
Concluida la prueba, el
examinador en presencia del profesor comunicará al aspirante el resultado del
examen y le explicará, brevemente las faltas cometidas con el objetivo de que
conozca lo que ha hecho bien o mal y así mejorar su comportamiento en la
conducción.
PERIODOS DE VIGENCIA
Con la entrada en vigor de la
Directiva Europea, se unifican para todos los países miembros de la Unión
Europea los periodos de vigencia de los permisos de conducción expedidos por
los diferentes estados, de manera que las categorías AM, A1, A2, A, B, B1 y BE
tendrán una validez de 10 años, no obstante la Directiva establece que los
Estados miembros podrán optar por expedir dichos permisos con una validez de 15
años.
Los permisos de conducción de las
categorías C, CE, C1, C1E, D, DE, D1 y D1E tendrán una validez de 5 años.
Los plazos de vigencia
establecidos en la Directiva que entra en vigor ya fueron recogidos en el
Reglamento General de conductores en mayo de 2009, por tanto no supone cambio
alguno para los conductores españoles.
Para los que si tiene una
consecuencia directa la entrada en vigor de la Directiva es para los residentes
comunitarios. Por un lado, la norma comunitaria establece que aquellos permisos
de los comunitarios europeos con plazo de caducidad se renovarán en el país
donde resida el titular del permiso.
Por otro lado, los conductores
con permisos de conducir expedidos por países comunitarios sin plazo de
vigencia, es decir, los titulares de permisos para conducir con carácter
indefinido, deberán renovar su permiso en el país donde residan transcurridos
dos años desde la obtención de la residencia en dicho país, es decir, a partir
del 19 de enero de 2015 (plazo que se tomará en cuanta en toda Europa) y se
tendrán que someter a los plazos establecidos en el país de residencia.