Este blog, es una iniciativa de la Policía Local de Membrilla , nace con la idea de mejorar la calidad del servicio que prestamos a los ciudadanos de nuestra localidad , pretendemos , a través de este medio plasmar información práctica y de interés general.
Este
año las V Jornadas de Educación Vial impartidas en los Centros Educativos de
Primaria han estado marcadas por la fatalidad de un accidente de circulación en
la vecina localidad de Valdepeñas, donde una niña de siete años fue
atropellada, vaya por delante nuestro más sentido pésame a la familia.
El
objetivo nuestro es contribuir en la reducción de la siniestralidad, programada
para esta década 2010/2020, por Europa y
con la participación española, hacía un futuro sostenible para conseguir un
resultado en 2020 cero víctimas mortales en accidentes de tráfico.
Las
clases teóricas y prácticas impartidas, están orientadas hacía este objetivo
“2020 cero víctimas” en la que los alumnos muestran gran interés, pero no solo
es cuestión de una clase, necesitamos que en la circulación habitual en nuestra
localidad se lleven a cabo los conocimientos aprendidos a la práctica real y
para eso, un apoyo fundamental sería el de los mayores (padres, tutores,
abuelos…), que solo con su conducta de respeto a las normas, los menores
aprenden mucho más que en la clase.
Para
concienciar aún más sobre la importancia de la educación vial y del respeto a
las normas de circulación, debemos decir que no solo son las muertes las que
hay que lamentar, sino también las lesiones que se derivan de los accidentes,
algunas con secuelas de por vida, y no menos importante es también el daño
psicológico, las de quienes son víctimas directas y de quienes lo sufren de
cerca.
Destacamos
una cifra escalofriante que pasa desapercibida para la mayoría, aún siendo
portada de informativos a casi diario, solo en España el año pasado fallecieron
1.128 personas en accidente de tráfico en vías interurbanas. ¿Qué hacemos?
No
pretendemos ser catastrofistas, solo conseguir el objetivo “2020 cero
víctimas”, y nuestra comunidad debe de estar preparada, ser consciente y participar
en este proyecto.
Este
año para la clausura de la V Jornadas de Educación Vial, hemos contado con la
presencia de la Directora Provincial de Tráfico
y la Coordinadora de Educación Vial, desde aquí queremos transmitirles
nuestro mayor agradecimiento.
Os
dejamos algunas fotos de lo distendidas de las clases que gratamente hemos
compartido con los alumnos, a todos ellos y a los profesores gracias por
vuestro acogimiento en éstas “V Jornadas de Educación Vial”. También a los
AMPAs, que orientaremos a una mayor cooperación en años sucesivos.
La Ley esta en vigor desde el 09/05/2014 de su publicación en el BOE.
Esta Ley establece que se podrá inmovilizar un vehículo si no se
dispone del dispositivo de retención infantil.
Los ciclistas menores de 16 años deben utilizar siempre el casco
de protección, independientemente de la vía por la que circulen.
Se prohíben los detectores de radar, no así, los dispositivos
que exclusivamente informan de la ubicación de los radares.
Se eleva a 1.000 euros la sanción por conducir con presencia de
drogas en el organismo y de alcohol cuando se duplique la tasa permitida o en
caso de reincidencia.
Se recoge la posibilidad de restringir el acceso o la
circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales.
En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello de
especies cinegéticas, con carácter general, la responsabilidad será del
conductor del vehículo.
El Congreso de los Diputados ha aprobado el 20 de marzo de 2014, la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y seguridad Vial.
Con esta aprobación,
finaliza la tramitación parlamentaria
para posteriormente ser
publicada en el Boletín Oficial del
Estado. Una vez publicada, la Ley entrará en vigor en un mes, a contar desde el
día siguiente a su publicación oficial.
El objetivo de la norma aprobada es reducir la siniestralidad vial
y mejorar la seguridad de los distintos usuarios de la vía, adaptando o
modificando otros aspectos que no sólo den respuesta a las necesidades de los
conductores, sino también a los cambios que se producen en los vehículos y las
vías, factores todos ellos determinantes en la producción de los accidentes.
PRINCIPALES
NOVEDADES
1. Restricciones a vehículos por motivos medioambientales.
Uno de los aspectos más novedosos de la Ley es que recoge expresamente
la posibilidad de restringir el acceso o la circulación por las vías a
determinados vehículos por motivos medioambientales, tal y como se recoge en el
Plan AIRE donde se prevé la creación de un marco normativo estatal para la implantación
de zonas de bajas emisiones. Esta medida recogida de forma general en la Ley,
necesita de un desarrollo reglamentario posterior, que involucra a varias
administraciones públicas, ya que las competencias de circulación de las vías
urbanas corresponde a los municipios y la de las vías interurbanas y travesías
a la Dirección General de Tráfico, al Servei Catalá de Transit y a la Dirección de Tráfico del Gobierno
Vasco.
2. Sistemas
de retención y protección
Respecto a los sistemas de seguridad de los ocupantes de los
vehículos (cinturones de seguridad, casco y demás elementos de protección) y
debido a que la legislación europea va incrementando progresivamente los
niveles de exigencia, tanto en el uso como en la instalación de los mismos, la
Ley lo que hace es recoger de forma generalizada la obligación que tienen todos
los conductores y ocupantes de los vehículos de hacer uso de dichos elementos
de protección. Por razones de seguridad vial, el nuevo texto permite que se
pueda prohibir la ocupación de los asientos delanteros o traseros del vehículo
a los menores en función de su edad o talla, así como la posibilidad que tienen
los agentes de inmovilizar el vehículo si no se dispone del dispositivo de
retención infantil adecuado.
De esta forma, la Ley anticipa los cambios que se realizarán en el
Reglamento General de Circulación, que será la norma donde se regulen
expresamente las condiciones, excepciones y usos de estos dispositivos de
seguridad y donde se vayan transponiendo las Directivas Europeas.
3. Bicicletas
El nuevo texto hace referencia a la obligatoriedad del uso del
casco para ciclistas y ocupantes de bicicletas en vías interurbanas, tal y como
ya estaba establecido e introduce como novedad que los menores de 16 años
siempre deben ir protegidos con el casco, independientemente de la vía por la
que circulen. Además, se les permite circular por debajo del límite de
velocidad establecido y se refuerzan las medidas de seguridad de los ciclistas
cuando son adelantados por otros vehículos:
- El vehículo que adelante
a un ciclista puede ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o
contrario.
- Debe guardar una separación lateral mínima de 1,5 metros.
- En los adelantamientos no se puede poner en peligro ni entorpecer
la marcha de los ciclistas que circulen en sentido contrario.
4. Detectores
de radar
Pese a que ya estaba recogido de forma muy ambigua en la Ley, el
nuevo texto prohíbe expresamente el uso
de los detectores de radar o
cinemómetro, aquellos aparatos que
interfieren con el sistema radar, no así los que exclusivamente informan de la
ubicación de los mimos. El motivo de dicha prohibición es que el objetivo
principal de dichos detectores es eludir la vigilancia del tráfico y el
cumplimiento de los límites de velocidad, hechos todos ellos incompatibles con
las políticas de seguridad vial.
El quebrantamiento de esta prohibición está tipificado como
infracción grave lo que supone una sanción de 200 euros y la detracción de 3
puntos.
5. Alcohol y
drogas
Uno de los aspectos que se modifica de forma sustancial en la Ley
es el relativo a las drogas en la conducción, recogiendo por primera vez el
principio de tolerancia cero en materia de drogas.
Hasta ahora existía una confusión entre el objeto de la regulación
penal y el de la administrativa en lo relativo a las drogas, que ahora en el
nuevo texto se precisa.
La Ley prohíbe conducir con presencia de drogas en el organismo
del conductor, quedando excluidas las
sustancias que se utilicen bajo prescripción facultativa y con una finalidad
terapéutica. Esta infracción administrativa se castigará con una sanción de
1.000 euros y detracción de 6 puntos.
En cambio, si se conduce bajo la influencia de drogas, la vía ya
no es administrativa sino la penal, tal como ya está recogido en el artículo
379.2 del Código Penal.
El nuevo texto también recoge de forma explícita que la prueba
salival, mediante los dispositivos autorizados, es el medio preferente para
detectar in situ la presencia de drogas en el organismo para su posterior
análisis.
La Ley también establece la obligación de someterse a las pruebas
de detección de alcohol y drogas, no sólo a los conductores de un vehículo,
sino a los demás usuarios de la vía cuando se hallen implicados en un accidente
de tráfico o hayan cometido una infracción.
La multa por conducir con tasas de alcohol superiores a las
establecidas seguirá siendo de 500 euros y detracción de 4 o 6 puntos, excepto
para aquellos conductores que ya hubieran sido sancionados en el año
inmediatamente anterior por el mismo motivo; así como para aquellos conductores que circulen con
una tasa que supere el doble de la permitida. Para estas excepciones, la
sanción será de 1.000 euros.
6. Velocidad
Se mejora la redacción del precepto sobre velocidad y se remite al
Reglamento General de Circulación la concreción de los límites máximos y
mínimos para los conductores, vehículos y vías. Por tanto, en dicha Ley no se
recoge ningún cambio sobre velocidad. Estableciendo en su artículo 19 que “ las
velocidades máximas y mínimas autorizadas para la circulación de vehículos
serán las fijadas de acuerdo con las condiciones que reglamentariamente se
determinen…”
OTROS
CAMBIOS
Además de las novedades anteriormente comentadas, la Ley también
recoge otras modificaciones:
• En accidentes de tráfico ocasionados por atropello de especies
cinegéticas, con carácter general, la
responsabilidad será del conductor del
vehículo. Ahora bien, cuando el atropello del animal sea consecuencia directa
de una acción de caza, el responsable será el propietario del terreno, y si es
por la falta de reparación del vallado o de la señalización, el responsable
será el titular de esa vía donde se ha producido el atropello.
• Se transpone a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva
Europea para intercambio transfronterizo de información sobre infractores de tráfico
cuando sean de velocidad, alcohol, drogas, móvil, cinturón o cascos con un
vehículo que circule en un Estado de la Unión Europea pero con matricula de otro país
distinto.
• Se introduce una nueva causa para no tener que notificar la denuncia en el acto: siempre y cuando el
agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control de
tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo
infractor.
• Se obliga a matricular definitivamente en España los vehículos
que se destinen a ser utilizados en territorio nacional por residentes o por
titulares de establecimientos o empresas.
• Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio en
carretera tienen prioridad de paso, aunque no son vehículos prioritarios.
• Se prorroga hasta el 25 de mayo
de 2016 el plazo para la incorporación de los ayuntamientos al TESTRA y al DEV,
así como se aclara que los plazos de alegaciones de las denuncias y de pago de
sanciones con descuento es de 20 días naturales.
¿Te
has encontrado con ofertas laborales donde lo primero que hacen es pedirte
dinero? ¿Te ofrecen hacerte entrevistas de trabajo a través de números de
teléfono que cuestan una pasta? ¿Has descubierto supuestas agencias de empleo
que lo único que quieren es colocarnos un curso?
Negocios piramidales
en los que el que se cree un trabajador no es más que un cliente de la empresa,
anuncios de puestos de trabajo cuyo contacto es un teléfono de tarificación adicional
que hace ganar dinero al que recibe la llamada, ofertas que no persiguen más
que el usuario abone una cantidad para unos supuestos gastos de tramitación y
empresas que buscan muleros para blanquear dinero...
Ante el incremento de
éstos y otros muchos fraudes que afectan a los consumidores durante la actual
crisis económica, pídele al Gobierno y lasautoridades
de consumode las comunidades
autónomas que asuman su responsabilidad en el control del mercado, aumenten los
controles y apliquen sanciones contundentes ante este tipo de abusos.
Si luchas contra los
abusos, puedes conseguir que estas irregularidades sean multadas y erradicadas.
Desde negocios
piramidales en los que el que se cree un trabajador no es más que un cliente de
la empresa hasta anuncios de puestos de trabajo cuyo contacto es un teléfono de
tarificación adicional, que hace ganar dinero al que recibe la llamada.
1.
Pagar por trabajar en el extranjero
Ante la situación de
desempleo y precariedad vigente, FACUA ha detectado la aparición de ofertas de
empleo para supuestamente trabajar de canguro o cuidador en el extranjero a
cambio de tener que pagar una cuota previa.
Muchos de estos
anuncios utilizan la imagen de una familia modélica y persuaden al candidato
para después cobrarle por gastos administrativos a través de plataformas que no
permiten dejar rastro alguno del pago.
2.
El spam de la crisis: piden dinero para falsos gastos administrativos
Otro de los diez tipos
de fraudes que FACUA ha identificado es ofertar un trabajo a través de
distintas vías, entre ellas correos electrónicos spam, y cuando el usuario se
interesa, solicitarle que ingrese en una cuenta bancaria una cantidad para unos
supuestos gastos del contrato o del envío del material para trabajar.
Tras abonar lo que le
pide, la empresa desaparece o incluso vuelve a contactar con el afectado para
seguir pidiéndole dinero hasta que acaba siendo consciente del timo.
3.
Ofertas que sólo buscan captar datos personales
Otra posibilidad de
las ofertas que llegan a través del correo electrónico o de sms es que, en
lugar de pedir un pago de dinero, lo que pretende el ofertante es captar los
datos de los usuarios para incluirlos en listas de spam.
El usuario cree estar
interesándose por una oportunidad laboral muy atractiva con ganchos como"para
los mejores gerentes se otorgan bonos a parte del sueldo fijo de 1.500 euros al
mes, 2.500 por jornada completa"o"he ganado 136,419 euros en solamente 20 semanas
desde que aplico el método y las instrucciones de Julien, el millonario".
Sin embargo, lo que
está haciendo realmente es enviar sus datos personales listas de envío de
publicidad masiva, e incluso, ser víctima de ataques de seguridad.
4.
Encuestas que supuestamente te harán ganar mucho dinero
Una modalidad más de
fraude laboral que se encuentran aquellos que buscan empleo por internet es el
de"¿Te
imaginas cuánto podrías estar ganando completando tan sólo unos cuantos de
estos cuestionarios todos los días?", es decir, ganar dinero rellenando encuestas.
Se ofrece la
posibilidad de tener un ingreso extra desde casa con tan sólo rellenar unos
cuestionarios mediante el ordenador para empresas que necesitan la opinión de
los consumidores. Pero el acceso a estos cuestionarios no es gratis.
El usuario debe pagar
incluso más de 25 euros por unas listas de direcciones donde supuestamente
encontrará las bases de datos con estas empresas.
5.
Ofertas de trabajo que remiten a teléfonos de tarificación adicional
La asociación ha
denunciado varios anuncios de trabajo entre los que se encuentra una oferta que
solicita"jornaleros para diversas campañas de recogida de
fruta". Para ponerse en
contacto con el supuesto demandante señala"para más información pregunten
por Claudia al teléfono 668803593".
FACUA ha podido
comprobar cómo al llamar al número indicado una locución remite al número de
tarificación adicional 806514296 e insiste en la necesidad de ponerse en contacto
por esta vía, "si llama usted por la oferta de trabajo no deje
ningún mensaje ya que no podemos procesarlos, llame al número que le acabo de
indicar".
El modo en el que este
número es ofrecido a los usuarios es de dos en dos cifras para tratar de evitar
que el interesado caiga en la cuenta de que está llamando a un 806, señala la
asociación.
Las llamadas a las
líneas con prefijos 803, 806 y 807 varían su precio en función no sólo de la
duración, sino de la cuarta cifra de los teléfonos. FACUA advierte que la
llamada a este teléfono 806, de tarificación adicional, tiene un coste por
minuto desde redes fijas entre 0,91 euros y 1,21 euros; y desde dispositivos
móviles, entre 1,27 euros y 1,57 euros, IVA incluido.
Si los timadores
consiguen entretener 30 minutos al usuario, el tiempo máximo que pueden durar
estas llamadas, haciéndole preguntas sobre su currículum y disponibilidad, su
precio alcanzará entre 27,30 y 36,30 euros desde la red fija; y entre 38,10 y
47,10 euros desde los dispositivos móviles, IVA incluido.
Asimismo, FACUA
recuerda que el artículo 5.3.3.6 de la Resolución de 15 de septiembre de 2004,
de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la
Información, por la que se dispone la publicación del Código de Conducta para
la prestación de los Servicios de Tarificación Adicional, señala que"los servicios
destinados a solicitar u ofrecer empleo o trabajo, directa o indirectamente, ya
sea remunerado o sin remunerar, no podrán ofrecerse por medio de llamadas a
números de tarificación adicional".
6. "Hágase
rico, o casi, fabricando productos desde casa"
Otro de los casos es
el "hágase
rico, o casi, fabricando productos desde casa". El dinero que se solicita es el teórico
coste del material con el que el usuario se dedicará a fabricar productos desde
casa para venderlo a través de la empresa.
Después, el afectado
cae en la cuenta de que en realidad no ha hecho más que comprarles un material
inútil con el que no ganará lo prometido.
7.
Supuestos empleos condicionados a la contratación de cursos
Determinadas academias
de enseñanza muestran en su publicidad la falsa promesa de que el usuario
encontrará empleo en cuanto finalice uno de sus cursos por sus supuestas
relaciones con determinadas empresas. Más lejos llegan centros de enseñanza que
en sus anuncios se hacen pasar por ofertantes de empleo y los condicionan a la
contratación de cursos.
8.
Negocios piramidales
También hay negocios
piramidales en los que el supuesto trabajador debe comprar productos a la
empresa para revenderlos captando nuevos empleados. En realidad, los afectados
no son más que clientes de la compañía que les hace creer que se harán ricos en
poco tiempo, cuando en realidad pueden acabar arruinados.
9.
Mediadores en transacciones que no son más que muleros en el blanqueo de dinero
Otra técnica consiste
en hacer creer al usuario que ganará mucho dinero actuando como mediador en
transacciones internacionales. Para ello debe recibir transferencias en su
cuenta bancaria y reingresar el dinero en otro número de cuenta quedándose con
una pequeña comisión.
Así, actúa sin saberlo
como mulero en un negocio de blanqueo de dinero que puede acarrearle
consecuencias penales.
10.
Ofertas publicadas como trabajo pero que no tienen remuneración
La crisis está
haciendo proliferar anuncios en los que se publicita una oferta de trabajo
donde el"empleado"no va a tener ninguna remuneración. Sin embargo, entre los
requisitos para los candidatos se encuentran la alta cualificación, la calidad
del trabajo que realice y la seriedad en los plazos del mismo.
Tal es el caso
denunciado por FACUA publicado en el portal de empleo Jobomas, donde se
solicita un"periodista redactor para portal web"para Barcelona entre las ofertas de empleo. "Los
candidatos deberán ser capaces de redactar noticias, realizar entrevistas y/o
reportajes, hacer búsquedas del material gráfico que alimente el texto y
adaptar la información al medio digital", apunta el anuncio.
Y añade una nota, "la
participación nos será reconocida económicamente, más que la difusión del
trabajo y el realizador correspondiente".
El DNI debe ser utilizado y
guardado con la máxima seguridad por tratarse de un documento de carácter
personal e intransferible. Por este motivo, no debemos publicarlo en ningún sitio
web de Internet.
¿Compartes tu DNI por Internet?
Seguro
que estáis pensando “¡qué chorrada! ¿A quién se le va a ocurrir publicar
(escaneado) en Internet su DNI? “. Pues bien, os sorprenderíais la
cantidad de ellos que se pueden encontrar. Con una simple búsqueda en Googlejugando con la palabra
“DNI” y filtrando por imágenes comprobaréis que no os estamos mintiendo.
Compartir
el DNI en una red social
para que la gente vea que es tu cumpleaños, enviarlo por correo electrónico a
una dirección errónea o compartirlo en una red de compartición de
ficheros P2P por
error son sólo algunos ejemplos de cómo nuestro DNI puede acabar publicado en
Internet.
¿Para qué podrían utilizar
nuestro DNI? ¿Has pensado en las consecuencias?
Estas son algunas de las
cosas que puede hacer alguien en Internet utilizando los datos de tu DNI.
Registrarse en casinos o
casas de apuestas
Por ley, sólo los mayores
de edad pueden participar en este tipo de juegos. Algunos menores de edad,
gracias a los DNI colgados en Internet, han podido registrase en este
tipo de páginas haciéndose pasar por la persona del DNI.
También
hay casos en los que ludópatas que están inscritos en el Registro
General de Interdicciones de Acceso al Juego (RGIAJ), recurren a
Internet para buscar un DNI y poder registrarse en nombre de otra persona para
poder seguir jugando.
Finalmente, están las
personas cuyo objetivo es manipular apuestas, por ejemplo estando compinchados
con otro jugador “irregular” y poder así blanquear dinero procedente de
negocios ilegales. En este caso, puedes llegar a tener un serio problema con la
justicia en caso de que se detecte este hecho, ya que tendrás que demostrar que
eres inocente.
Abrir cuentas bancarias online
Con el DNI de una persona,
en el que aparecen todos sus datos personales: nombre, apellidos, fecha de
nacimiento, dirección física, etc. se podría dar de alta una cuenta bancaria de
forma online. Peor aún si esta cuenta la utilizan para realizar cobros y pagos
cuyo origen del dinero es desconocido… No hace falta decir que podríamos estar
ante un serio problema.
Ejemplo
formulario alta cuenta bancaria online
Solicitar préstamos o créditos en diferentes servicios
Más de lo mismo, con el DNI
podría ser posible solicitar un préstamo o crédito de dinero. Si se da el caso
de que han creado una cuenta bancaria en nuestro nombre y además solicitan un
préstamo también con nuestro nombre, es posible que algún día llamen a nuestra
puerta y nos pidan el supuesto dinero que debemos a la entidad de crédito…
Realizar compras y ventas fraudulentas en distintos portales web
A los ciberdelincuentes
interesados en estafar a usuarios les vienen fenomenal todos los DNI que están
publicados en Internet. De esta forma ya no tienen que inventarse identidades,
utilizan a personas reales. Con esto gana mucha más fiabilidad y credibilidad
de cara a vender un producto (falso o inexistente) en Internet o bien cuando
intentan estafar durante el proceso de compra de un artículo.
Los casos que os hemos
explicado son sólo unos ejemplos, se podrían llevar a cabo más acciones
fraudulentas haciéndose pasar por nosotros utilizando como medio Internet. Lo
que está claro, es que cualquiera de ellos puede meternos en líos con la
Justicia, con la Hacienda Pública, con alguna empresa privada, etc.
Por
tanto, cuida tu privacidad, el DNI
¡es la información personal más importante que tienes que proteger! Mira
lo que te puede ocurrir si no lo haces:
Así de fácil es robar tu identidad en Internet
¿Qué puedes hacer si ves tú
DNI colgado en alguna web de Internet?
Párate a pensar, si
recuerdas haber perdido o publicado el DNI en alguna ocasión te recomendamos
que realices una búsqueda de tu nombre en el buscador. En caso de encontrar tu
DNI publicado en alguna web:
1.Dirígete a la web donde está alojado el DNI y solicita la retirada
del mismo ejerciendo tus derechos de acceso, rectificación, cancelación
u oposición (ARCO).
NOTA: En
el caso de que hayas perdido el DNI o te lo hayan robado, lo primero que debes
hacer es poner la denuncia correspondiente ante los cuerpos de seguridad del
estado. ¿Por qué? Para ayudar a demostrar nuestra inocencia si alguien hace un
uso inadecuado del mismo (escanearlo y colgarlo en Internet, suplantar tu
identidad, etc.).